En los artículos 44, 45, 46, 47, y 50 de la Ordenanza de la Real Aduana de esta Capital (á cuyo méthodo y reglas mandó el Rey se adaptase en lo posible de la administracion de las foraneas) se prescribe lo siguiente : 44 ... Que si á esta Ciudad se condugeren por los mercaderes y tratantes algunas mercaderias para llevarlas á vender á otros partes, ...
A circular that emphasizes the need for the juridical institutions to enforce the laws that regulate trade, commerce, and similar activities both to natural citizens and to foreigners.